La Representante del Distrito 19, Jocelyne M. Rodríguez Negrón es la autora de estas piezas legislativas
La Representante del Distrito 19, Jocelyne M. Rodríguez Negrón radicó varias piezas legislativas que buscan adoptar la palabra “diversidad funcional” y sustituir la palabra “impedido” concepto que resulta discriminatorio para esa población.
“Mi compromiso con las personas con diversidad funcional es inquebrantable. Continúo respondiendo al llamado de las poblaciones más vulnerables. Para atajar los retos que enfrentamos como Pueblo, tenemos que construir una visión gubernamental de servicios a nuestros ciudadanos y en especial a las personas con discapacidades. Por ello, la Política Pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico busca fomentar y propiciar iniciativas y programas que impacten de forma positiva la vida de las personas con discapacidades y a la misma vez que mejoren los servicios existentes para hacerlos más eficientes y accesibles” expresó la Representante Rodríguez Negrón.
Estos proyectos buscan enmendar la Ley 238-2004, según enmendada, conocida como “La Carta de los Derechos de las Personas con Impedimentos, la Ley 64-2024 conocida como “Ley de la Oficina de Protección y Defensa de las Personas con Impedimentos de Puerto Rico” y la Ley 158-2015, según enmendada, conocida como “Ley de la Defensoría de las Personas con Impedimentos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”.
De otra parte, la legisladora popular, quien es fiel defensora de la justicia y los derechos de los grupos más desaventajados continúa aunando esfuerzos para asegurar mayores beneficios a estas personas. Las personas con diversidad funcional son un sector de nuestra población que diariamente luchan por sus derechos. Estas personas presentan un reto aún mayor para asegurar que se le reconozcan y salvaguarden los mismos.
“Estas personas a través de la historia han sido denominadas de distintas formas. En un momento, se les llamaron como “minusválidos” lo cual tenía la implicación de que eran “menos válidos”. El término que se utiliza legalmente en Puerto Rico es “impedido”, el cual también tiene unas implicaciones negativas, inclusive cuando vamos al significado provisto por la Real Academia Española significa “que no puede usar alguno o algunos de sus miembros”. Asimismo, en ocasiones ha sido definido como un “obstáculo” o como un “estorbo para algo”. Estos términos daban una visión negativa al colectivo, dando a entender que eran personas menos suficientes para realizar cualquier tarea”, sentenció la legisladora.
“La construcción del término “diversidad funcional” surge como consecuencia de un cambio de paradigma por la lucha a la dignidad del sujeto ante la diversidad, equidad e igualdad en materia de derechos humanos. La definición del concepto corresponde a un nuevo valor por no discriminar a estas personas y respetar la diversidad. Por eso este término se ajusta a una realidad en la que una persona funciona de manera diferente o diversa de la mayoría de la sociedad”, concluyó la Representante del Distrito que comprende Mayagüez y San Germán.
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